Nueva ley que ampara el HOME OFFICE
- Ilse Muñoz
- 11 dic 2020
- 1 Min. de lectura

El pasado miércoles 8 de diciembre, el senado de la república aprobó nuevas reformas a la Ley Federal del Trabajo.
El dictamen fue aprobado por la Cámara de Diputados, se establece como obligación de los empleadores o patrones a proporcionar equipos tecnológicos necesarios para realizar trabajo en casa, esto incluye mantenimiento e instalación.
El patrón también debe responsabilizarse por el costo de servicios de telecomunicaciones y electricidad a consecuencia del trabajo en casa, así como cubrir las capacitaciones y asesorías sobre uso adecuado de las TIC’s.

Con estas reformas el trabajo en casa ahora es actividad renumerada, los trabajadores pueden hacer uso de tecnologías de la información y comunicación para tener contacto con su patrón, además deben recibir el mismo trato que los trabajadores presenciales.
Los trabajadores contemplados en las nuevas reformas a la Ley es el derecho a la desconexión, para garantizar el respeto de horario de la jornada laboral y el derecho a la intimidad, es decir, los datos e información personal estarán seguros.
El teletrabajo o home office tendrá que establecerse por escrito y debe elegirse voluntariamente por el trabajador que lo realizará.

¿Qué es home office o teletrabajo?
Esta forma de trabajo se comenzó a utilizar más a inicios de la pandemia. Se trata de la realización de actividades renumeradas en lugares distintos al estableciemiento o lugar físico de trabajo, cuando es posible lograr los mismos resultados que trabajando de forma presencial.
Para tener buenos resultados con esta modalidad de trabajo, es necesario el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC’s) para tener relación entre el trabajador y empleador.
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